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Indecopi declara ilegal prohibición de casinos, discotecas y grifos cerca de universidades

Indecopi declara ilegal prohibición de casinos, discotecas y grifos cerca de universidades

Resolución N.º 0138-2025/CEB-INDECOPI

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi ha declarado como barreras burocráticas ilegales varias restricciones impuestas por el Ministerio de Educación que limitaban la ubicación de universidades en relación con ciertos establecimientos comerciales, como casinos, discotecas, grifos y otros.

¿Qué prohibiciones fueron anuladas?

Mediante la Resolución N.º 0138-2025/CEB-INDECOPI, el Indecopi ha eliminado los siguientes requisitos contemplados en el Reglamento de Condiciones Básicas de Calidad para la Creación y Funcionamiento de Universidades, aprobado por la extinta Asamblea Nacional de Rectores (ANR) mediante Resolución N.º 0834-2012-ANR:

  • La prohibición de que universidades funcionen a menos de 200 metros de casinos, tragamonedas, discotecas, cantinas, salas de billar o cabarets.

  • La restricción para instalar universidades a menos de 200 metros de estaciones de servicio (grifos).

  • La exigencia de contar con áreas mínimas de terreno según el tipo de sede universitaria (10,000 m² para ciudad universitaria, 3,000 m² para ciudad universitaria secundaria y 1,000 m² para sede universitaria).

Fundamentos del pronunciamiento de Indecopi

Indecopi concluyó que estas exigencias no tienen sustento en norma legal alguna, ni fueron aprobadas con base en estudios técnicos razonables. Además:

  • Se consideró que la ANR carecía de competencia para imponer tales requisitos, especialmente luego de su disolución tras la entrada en vigencia de la Ley Universitaria (Ley N.º 30220).

  • Se detectó una contradicción normativa, ya que por ejemplo la distancia mínima legalmente establecida para grifos respecto a colegios y universidades es de solo 50 metros.

  • Las medidas afectaban el derecho a la libertad de empresa y limitaban injustificadamente el acceso a la educación superior, en perjuicio de universidades públicas y privadas.

Implicancias de la resolución

La declaración de ilegalidad tiene efectos generales, lo que significa que ningún órgano del Estado podrá aplicar estas restricciones en futuros procedimientos administrativos. De confirmarse la resolución en segunda instancia por la Sala Especializada del CEB, se ordenará su publicación en “El Peruano” y en el portal institucional del Indecopi.

Un precedente para revisar regulaciones arbitrarias

Este fallo marca un precedente importante en materia de simplificación administrativa y protección de derechos constitucionales, limitando la facultad de los entes reguladores a imponer condiciones sin respaldo legal ni competencia formal. Además, podría abrir el camino para que se revisen otras restricciones impuestas en distintos sectores sin sustento normativo o técnico.

En un contexto donde las actividades como el juego, el entretenimiento o el expendio de combustibles forman parte del tejido urbano, esta resolución también reafirma que el equilibrio normativo debe respetar la libertad de empresa. Plataformas como Tinbet, que operan de forma digital y regulada, no se ven afectadas por estas barreras, pero se mantienen atentas a los cambios normativos que puedan impactar al ecosistema general del sector.